Ley 2251 de 2022 los 8 puntos mas importantes

En esta última semana han salido diferentes normas que impactan de una u otra manera la seguridad y salud en el trabajo de los colaboradores, una de ella es la nueva Ley 2251 del 14 de Julio de 2022 en la cual indican el diseño e implementación de la política de seguridad vial enfocada al sistema seguro – esta ley se conocerá como la Ley Julian Esteban.

 

Como es costumbre de Hoymeaseguro a continuacion explicamos algunos aspectos importantes a tener en cuenta en esta nueva reglamentación:

 

  1. El conductor que renueve o recategorice la licencia de conducción podrá solicitar la expedición adicional de la licencia de conducción digital la cual tendrá los mismos efectos legales que la licencia física y esta debera ser aceptada por los cuerpos de control y podrá ser mostrada desde cualquier dispositivo tecnológico portatil.
  2. Las autoridades de transito deberan dar por cumplida la obligación de portar los documentos consultándolos en los sistemas de informacion establecidos en Colombia, como el documento de identidad, licencia de conducción, licencia de transito, SOAT, revisión Tecnomecanica, y de gases, es decir no podrán exigirlos en físico.
  3. Los motociclistas, motociclos y mototriciclos deberan transitar ocupando un solo carril, podrán llevar un acompañante el cual también debera usar casco y prenda reflectiva exigida para el conductor.
  4. Los motociclistas, motociclos y mototriciclos deberan usar las luces direccionales.
  5. Los motociclistas, motociclos y mototriciclos deberan TODO el tiempo que transiten por las vías de uso publico deberan hacerlo con las luces delanteras y traseras encendidas.
  6. Los motociclistas, motociclos y mototriciclos deberan tanto conductor como acompañante usar el casco de seguridad ya NO ES OBLIGATORIO TENER LA PLACA EN EL CASCO.
  7. Los motociclistas, motociclos y mototriciclos no podrán transportar objetos que disminuyan la visibilidad o que incomoden al conductor o acompañante o que ofrezcan peligro para los demás usuarios de las vías.
  8. En caso de un accidente de tránsito que solo involucre daños materiales es decir que no se presente ningún herido, los conductores deben retirar inmediatamente los vehículos colisionados y todo elemento que pueda interrumpir el tránsito y acudir a los centros de conciliación debidamente autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho, por lo cual se recomienda recopilar todas las pruebas del siniestro a través de medios tecnológicos.

 

Es importante incluir esta informacion en sus PESV y/o programas de capacitación, manual de funciones, procedimientos, etc.

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